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Produce una factura conforme en segundos — inversión del sujeto pasivo transfronteriza B2B, valoración de dotación en especie, menciones de exención (Art. 293 B / §19 UStG / regime forfettario) y compatibilidad Factur-X para la obligación francesa 2026.
Tus datos (creador)
Datos de la marca (cliente)
La marca es empresa registrada (B2B)
Descripción del servicio
Factura generada
INVOICE / FACTURE — 2026-001 Date: 2026-07-12 FROM: [Your name] [Your address] France TO: [Brand name] [Brand address] Germany LINE ITEMS: Influencer marketing service 1000.00 € Net total: 1000.00 € VAT (0%): 0.00 € Total: 1000.00 € Legal mention: Reverse charge — VAT to be accounted for by the recipient (Article 196 of Directive 2006/112/EC). Legal basis: Article 44 (B2B place of supply rule) and Article 196 (reverse charge) of Directive 2006/112/EC. --- Orientación general basada en la Directiva IVA UE (2006/112/CE), códigos fiscales nacionales y la reforma Factur-X 2026 francesa. Las obligaciones específicas dependen de tu registro IVA y del NIF-IVA validado VIES de la marca. Confirma siempre con un asesor cualificado antes de emitir la factura.
Cinco entradas producen una factura lista para copiar con la mención legal exacta.
Nombre, dirección, país, NIF-IVA si registrado. La herramienta detecta el umbral de pequeño empresario.
Nombre, dirección, país, NIF-IVA. B2B/B2C — solo B2B con VIES válido activa inversión del sujeto pasivo.
Descripción del servicio y importe. Líneas separadas para dotación en especie a valor de mercado.
La herramienta inserta la mención exacta según jurisdicción.
Copia el bloque o descarga el stub XML Factur-X para e-invoicing francés.
La herramienta combina tipos de IVA nacionales y lógica de inversión del sujeto pasivo de la Directiva IVA UE 2006/112/CE (Arts. 44, 45, 196); menciones de exención de pequeño empresario de los códigos fiscales nacionales; valoración de dotación en especie al valor de mercado — regla coherente en jurisdicciones UE.
Salida doble: un bloque de factura listo para copiar y un formato estructurado descargable. Para campañas francesas que facturan después del 1 de septiembre de 2026, emite un stub XML compatible Factur-X.
Esto es orientación general, no asesoramiento legal. Confirma siempre con un asesor antes de facturar transfronterizo.
Facturar como creator en España en 2026 sigue cinco pasos, y el orden importa porque la marca no puede deducir el gasto sin una factura correcta. Primero, el alta: para actividad recurrente hay que darse de alta como autónomo en Hacienda (modelo 036 o 037) y en el RETA de la Seguridad Social — no existe umbral de exención tipo forfettario italiano, así que la actividad habitual tributa desde el primer euro. Segundo, la numeración: cada factura lleva un número correlativo por serie, la fecha de emisión y la identificación fiscal completa del creator y de la marca; los saltos en la serie son una de las primeras cosas que revisa la AEAT en una comprobación. Tercero, el IVA: en operaciones nacionales se repercute el 21 % general (los servicios de influencia no encajan en los tipos reducidos), y en B2B intracomunitario se aplica `Inversión del sujeto pasivo — Artículo 196 Directiva 2006/112/CE` tras validar el NIF-IVA de la marca en VIES; si el creator está en recargo de equivalencia las reglas cambian y conviene confirmarlo con la asesoría. Cuarto, la retención de IRPF: cuando el cliente es una empresa o profesional español, la factura suele llevar una retención de IRPF que la marca ingresa en Hacienda por cuenta del creator — es un pago a cuenta, no un coste extra, pero el creator debe reflejarlo en la factura para no descuadrar la declaración. Quinto, la conservación: las facturas se numeran, se fechan y se conservan cuatro años a disposición de la AEAT. Los servicios B2C transfronterizos por encima de 10.000 € anuales se gestionan por la Ventanilla Única (OSS). Para las campañas francesas que facturan después del 1 de septiembre de 2026, además, hay que emitir el formato estructurado Factur-X.
El equipo de administración de una marca que recibe la factura de un creator debe revisarla antes de pagar, porque una factura mal emitida no es deducible ni permite recuperar el IVA. Cinco comprobaciones. Primera, el IVA: si la factura invoca la inversión del sujeto pasivo del Artículo 196, valida el NIF-IVA del creator en VIES antes de tramitarla — un NIF-IVA inválido obliga a reemitir la factura con IVA nacional. Segunda, el importe: confirma que el total coincide con los honorarios contratados más los excesos aprobados; las líneas añadidas a mitad de campaña se marcan al responsable de la campaña, no se rechazan automáticamente, porque ese rechazo es la principal fuente de fricción con el creator. Tercera, la retención de IRPF: en facturas de autónomos españoles la marca es responsable de ingresar la retención en Hacienda por cuenta del creator; omitir este paso expone a la marca a responsabilidad ante la AEAT. Cuarta, la numeración correlativa y la fecha. Quinta, la valoración en especie: si parte de la contraprestación son productos, viajes o eventos, debe figurar a valor de mercado en una línea aparte, igual que si fuese efectivo. Una marca que ayuda al creator a emitir la factura correcta cobra antes su propio derecho a deducción y conserva la relación para la siguiente campaña.
Evita la prospección en frío. Collabios verifica a cada creador antes de aparecer en búsqueda — país, nicho, calidad de audiencia, seguridad de marca.
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